Compártelo
"La Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) es un organismo internacional, de carácter técnico y especializado, que tiene como finalidad promover el bienestar económico y social de los países iberoamericanos y de todos aquellos que se vinculan por el idioma español y portugués mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de sus experiencias mutuas en Seguridad Social y, en general, en el ámbito de la protección social.
Cronología de la OISS
1. Primeros pasos, I Congreso. Barcelona España 1950
2. II Congreso, Lima Perú 1954
3. III Congreso, Quito Ecuador, 1958
4. V Conferencia e Ministros, Segovia España, 2005
5. XV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado, Salamanca, 2005
6. XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado, Montevideo 2006
7. VI Conferencia de Ministros, Iquique, Chile, 2007
8. XVII Cumbre Iberoamericana de Santiago de Chile, 2007 donde se aprobó el texto del Convenio
Multilaral para la Seguridad Social.
la situación actual del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social es la que muestra el Estado de situación de la OISS
Los países que tienen aplicación del Convenio Multilateral son:
Bolivia
Brasil
Chile
Ecuador
España
Paraguay
Uruguay
El Salvador
La tramitación de prestaciones en el marco del Convenio OISS están detalladas en tramitación de prestaciones
de Seguridad Social
Este convenio sucrito, firmado, publicado en sendos Registros Oficiales, no ha pasado de ser letra ya que en Ecuador la instancia IESS, no lo acepta pues en casos desconoce su existencia y en otros argumenta falta de acuerdos administrativos. Este convenio nace en el mes de julio del 2010. Lleva dos años sin ponerlo en práctica y por los vientos que soplan....
Cronología
1. Aprobación del Convenio en el VIII Encuentro Presidencial Ecuador-Venezuela
Caracas-Venezuela 5 & 6 de Julio del 2010. Tal como lo reseñaron la prensa ecuatoriana y
el Asambleísta Eduardo Zambrano.
Una copia certificada de este Convenio fue entregada al IESS, por el Señor Guillermo Bassante
Director General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador
con oficio Nº 17622/DGAC/2010 de fecha 22 de Julio de 2010, a solicitud formal del Señor
Fernando Guijarro Cabezas Director del IESS con oficio Nº 65000000-883.
2. Aprobación y publicación en Gaceta Oficial de Venezuela del Convenio por parte de la Asamblea
3. Aprobación del Convenio, el 16/06/2011, por la Asamblea Nacional de Ecuador
3.1. Así lo confirma página la de la Asamblea Nacional de Ecuador
3.2 Así lo reseñó la prensa nacional de Ecuador
4. Se emite, el 28 de Junio de 2011, el Decreto 804 firmado por Señor Presidente Rafael Correa
Ratifícase en todos sus artículos el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la
República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela
Decreta:
Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos el Convenio de Seguridad Social
entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana
de Venezuela, suscrito el 6 de julio del 2010.
Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e
Integración.
5. Ecuador publica, el 12-VII-2011, la aprobación en el Registro Oficial bajo el Nº 489
Área Laboral y de Seguridad Social
(R.O. No. 489; 12-VII-2011)
Decreto No. 804 de la Función Ejecutiva. Se ratifica en todos sus artículos el Convenio de
Seguridad Social entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela.
Visualizar extracto
6. Personal del departamento de Convenios Internacionales del IESS, en la ciudad de Quito
el 11 de Abril de 2012, me informó entre otras cosas la no aplicabilidad del Convenio, por
disposiciones del Banco Central de Venezuela debido al Control de Cambio de Divisas y
por no existir un Acuerdo Administrativo para la Aplicación del Convenio.
7. El Señor Rocha Secretario del Instituto Ecuatoriano de Seguros Sociales (IESS), el 11 de Abril
de 2012, en la puerta de su despacho, me manifestó que no se podía aplicar el Convenio,
porque faltaba la aprobación del Acuerdo Administrativo para la Aplicación y que
mientras tanto el lapso de duración que es de cinco años, no estaba corriendo. Que reclamara
a mi Presidente (se refería a Hugo Chávez, pues tuvo el tino de tratarme como natural de
Venezuela).
8. La Dirección Provincial del IESS-LOJA con Oficio Nº 13111100-594 ACP de fecha
24 de abril del 2012, me comunicó que no existe Acuerdo sobre Seguridad Social entre
Ecuador y Venezuela.
9. Preparación de documentación y consultas con miras a recurrir a las Instancias Judiciales.
Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:
Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:
3. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.
aspectos de Seguridad Social.
2. Dispongo de copias de documentos de importancia, recopilados en mi largo trajinar por ante
oficinas regionales y centrales de Seguros Sociales ecuatorianos y venezolanos.
3. Agoté mi capacidad de asombro y espera ante solicitudes de información a asambleístas,
organizaciones de migrantes oficiales y privadas, en modalidad personal y electrónica.
4. Mi experiencia en las luchas dadas en la Compañía Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV)
y por la reivindicación de derechos de los profesores universitarios de Venezuela.
5. Tengo la capacidad y el deseo necesarios.
resolver inconvenientes en el Acuerdo Administrativo, por solicitud del
señor Arocha Secretario del IESS. El segundo oficio que envía el señor Rocha
lo genera el 13 de Abril de 2012, un día después que me entrevisté con él
en Quito.
con la respuesta anterior.
Carta enviada a la Defensoría del Pueblo solicitando las diligencias pertinentes
en busca de reivindicar nuestros derechos
El resto del cuerpo es similar a la carta enviada al IESS
y termina con
5. 17 mayo 2012
La Defensoría del Pueblo le asigna a mi trámite el Nº: Q11010000459, a efectos de
seguimiento
El siguiente resultado se obtiene en la en la página de la Defensoría y que puede consultar
cuando desee.
.
6. 31 mayo 2012
El Dr. Punín del IESS-Loja me manifestó que la respuesta a mi carta había sido enviada por
e_mail. Como no la recibí a su vez le envié un mail con la carta en digital y además links
donde se trata de una próxima cumbre presidencial Ecuador- Venezuela que entre otros
puntos tratará el de "reforzar" los convenios celebrados.
También incluyo la confirmación de recepción y respuesta
El abogado de la Defensoría del Pueblo se apersonó en la Dirección Provincial del IESS
en la ciudad de Loja a objeto de solicitar información a la negativa de aceptar el
Convenio Bilateral.
8. 08 junio 2012
El IESS-dirección de Loja me envió la respuesta siguiente HACIENDO HINCAPIÉ EN EL
Sobre esta respuesta vale la pena acotar:
1. La página oficial de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social informa que catorce países
(más no veintidos) tienen convenio con Ecuador
2. La misma página informa que Brasil también tiene aplicación efectiva del Convenio.
3. Para el caso específico de Venezuela, el Convenio Bilateral firmado por los Presidentes Chávez y
Correa, excluye otros convenios firmados por los dos países entre ellos el de La Organización
Iberoamericana, tal como muestra el artículo 3 numeral 3.
4. El Acuerdo Administrativo, que alude el señor Punín en su
correspondencia fue presentado en Venezuela en julio
del 2010
CONCLUSIÓN:
Mi reclamo no tiene nada que ver con la Organización Iberoamericana de Seguridad
Social, argumento que usa el IESS en cada correspondencia que me envía. El tema
de la OISS, más bien aparece como un elemento distractor. El reclamo que me
ocupa se refiere al Convenio Bilateral firmado entre Ecuador y la República
Bolivariana de Venezuela en los Registros oficiales de ambos países y en Ecuador
además promulgado como decreto (804) por el Presidente Rafael Correa.
El acuerdo administrativo que fue presentado en julio del 2010, aún
espera por solventar algunos inconvenientes según el IESS, como puede
ver en el punto 1.
9. 08 junio 2012
El IESS-dirección de Loja responde al Defensor del Pueblo.
Nota: Mi reclamo está basado en una Ley, y no basta una explicación de procesos administrativos,
para eludir el compromiso de los presidentes Correa y Chávez.
10. 12 julio 2012
Treinta y cuatro días después de tener la respuesta del IESS, la Defensoría del Pueblo, me la
entrega oficialmente. Inmediatamente le hice llegar la siguiente comunicación
Se agotó el espacio -más no la paciencia- en esta página. Agradezco visitar la continuación en mi blog. O ver un resumen haciendo click aquí.
.
12 abril 2012
Puede bajar el convenio completo haciendo clic aquí.
Poco a poco
Residí en la hermana República Bolivariana de Venezuela desde marzo de 1968 hasta Agosto del 2009 y actualmente vivo en Loja-Ecuador (lugar de nacimiento) con mi familia y a punto de cumplir 64 años. Entre tantas cosas por hacer con "el regreso a casa", estaba el de conseguir seguridad social a través del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), tomando en cuenta el tiempo cotizado en el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS), que suman más de treinta años de aportes. Mientras buscaba resolver aquello intenté afiliarme al IESS de manera voluntaria y !oh sorpresa! era imposible por normativa del IESS que expresamente prohibe la afiliación voluntaria para personas con más de sesenta (60) años de edad como lo expresan las páginas Afiliación voluntaria para el migrante (menor de sesenta años) o Afiliación voluntaria para residentes en Ecuador. En el interin sufrí un accidente que casi termina con mis días, pero que pude superar gracias a la familia, al hospital lojano "Isidro Ayora" y mi propio yo, tal como usted puede leerlo en Reaprendiendo a caminar. Nunca necesité tanto la atención médica del IESS sin poder acceder a ella por no estar afiliado. Hice muchas consultas ante autoridades regionales del IESS, indagando si existía alguna intención, tratado ó convenio entre Ecuador y Venezuela, recibiendo casi siempre como respuesta "No hay convenios". Me negaba a creer todo esto, ya que las alocuciones de los Presidentes Rafael Correa y Hugo Chávez siempre hablaban de protegernos en el ámbito social. Pero migrantes siguen regresando a su terruño cargados de sueños, esperanzas y promesas sin contar con seguridad social.
Lucho quijotescamente para sumar voluntades en busca de lograr la homologación de aportes para mi y miles de connacionales, mientras muchos representantes "nuestros" manifiestan que ya todo está listo.
Un ratón de oficinas, bibliotecas e Internet
Me dediqué a hacer investigaciones de tratados y acuerdos bilaterales o multilaterales relativas a seguridad social, hacer visitas a oficinas del IESS regional y central, para recabar información que quiero compartir con ustedes a fin de poder exigir la aplicación de acuerdos.
1. Organización Iberoamericana de
Seguridad Social (OISS)
Tal como lo dice la página oficial en una de sus páginas internas"La Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) es un organismo internacional, de carácter técnico y especializado, que tiene como finalidad promover el bienestar económico y social de los países iberoamericanos y de todos aquellos que se vinculan por el idioma español y portugués mediante la coordinación, intercambio y aprovechamiento de sus experiencias mutuas en Seguridad Social y, en general, en el ámbito de la protección social.
La OISS encuentra sus primeros antecedentes en el I Congreso
Iberoamericano de Seguridad Social celebrado en Barcelona en 1950, en
cuyo seno se creó una Secretaría de apoyo a ulteriores congresos que
recibiría el nombre de Comisión Iberoamericana de Seguridad Social; pero
fue en el II Congreso Iberoamericano de Seguridad Social celebrado en
Lima (Perú) en 1954 en el que, con la presencia de la mayoría de los
países integrantes de la Región junto con representantes de la OIT, OEA y
AISS, quedó aprobada la “Carta Constitucional de la OISS”.
A partir de esa fecha la Organización inicia actividades con una
estructura transitoria y estatutos provisionales, que fueron aprobados
en el III Congreso Iberoamericano de Seguridad Social, celebrado en
Quito, Ecuador, en noviembre de 1958; consolidándose, desde entonces,
como un Organismo Internacional, que ha ido evolucionando en el tiempo
para dar respuesta en cada momento historico, a las necesidades
existentes en el ámbito de la Seguridad Social y brindar la más estrecha
y eficaz colaboración a las instituciones que la integran."
Cronología de la OISS
1. Primeros pasos, I Congreso. Barcelona España 1950
2. II Congreso, Lima Perú 1954
3. III Congreso, Quito Ecuador, 1958
4. V Conferencia e Ministros, Segovia España, 2005
5. XV Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado, Salamanca, 2005
6. XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado, Montevideo 2006
7. VI Conferencia de Ministros, Iquique, Chile, 2007
8. XVII Cumbre Iberoamericana de Santiago de Chile, 2007 donde se aprobó el texto del Convenio
Multilaral para la Seguridad Social.
la situación actual del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social es la que muestra el Estado de situación de la OISS
Los países que tienen aplicación del Convenio Multilateral son:
Bolivia
Brasil
Chile
Ecuador
España
Paraguay
Uruguay
El Salvador
La tramitación de prestaciones en el marco del Convenio OISS están detalladas en tramitación de prestaciones
Si desa manifestar alguna observación ante la OISS, puede hacerlo a través de link consulta a la OISS
Conclusión:
Los ciudadanos que residieron en Venezuela y regresaron a Ecuador, o los que residieron en Ecuador y ahora viven en Venezuela no pueden homologar sus aportes ante la contraparte aseguradora, a través del Convenio de la Organización Iberoamericana porque Venezuela no ha suscrito el Acuerdo de Aplicación y por tanto según normas de la OISS no aplica la reciprocidad y como veremos más adelante el Convenio Bilateral firmado entre Ecuador y Venezuela lo excluye en el artículo 3 numeral 3.
Sin embargo como cosa curiosa el Insituto Ecuatoriano de Seguridad Social en todas las consultas que he hecho tanto de modo verbal o escrito ha tomado como bandera a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, en su respuesta.
Recomendación:
Estudiar la alternativa del Convenio Bilateral Ecuador-Venezuela
2. Convenio bilateral Ecuador-Venezuela
de Seguridad Social
Este convenio sucrito, firmado, publicado en sendos Registros Oficiales, no ha pasado de ser letra ya que en Ecuador la instancia IESS, no lo acepta pues en casos desconoce su existencia y en otros argumenta falta de acuerdos administrativos. Este convenio nace en el mes de julio del 2010. Lleva dos años sin ponerlo en práctica y por los vientos que soplan....Cronología
1. Aprobación del Convenio en el VIII Encuentro Presidencial Ecuador-Venezuela
Caracas-Venezuela 5 & 6 de Julio del 2010. Tal como lo reseñaron la prensa ecuatoriana y
el Asambleísta Eduardo Zambrano.
Una copia certificada de este Convenio fue entregada al IESS, por el Señor Guillermo Bassante
Director General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador
con oficio Nº 17622/DGAC/2010 de fecha 22 de Julio de 2010, a solicitud formal del Señor
Fernando Guijarro Cabezas Director del IESS con oficio Nº 65000000-883.
2. Aprobación y publicación en Gaceta Oficial de Venezuela del Convenio por parte de la Asamblea
Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Firma por Ecuador el Señor Ministro Ricardo
Patiño y por Venezuela el Señor Ministro Nicolás Maduro, en fecha 13 de Octubre 2010.
Patiño y por Venezuela el Señor Ministro Nicolás Maduro, en fecha 13 de Octubre 2010.
3. Aprobación del Convenio, el 16/06/2011, por la Asamblea Nacional de Ecuador
3.1. Así lo confirma página la de la Asamblea Nacional de Ecuador
3.2 Así lo reseñó la prensa nacional de Ecuador
Aprobado convenio de Seguridad Social entre Ecuador y Venezuela
Con 93 votos afirmativos, cuatro blancos y una abstención, la Asamblea Nacional aprobó el Convenio de Seguridad Social entre los Gobiernos de Ecuador y Venezuela
que tiene por objetivo primordial la conservación y garantía de los
derechos a la seguridad de los trabajadores migrantes, favoreciendo a
ellos y a sus familias, a través del reconocimiento de las prestaciones
adquiridas en cada país, tales como la acumulación de los períodos de
cotización, garantizándoles una jubilación digna y la portabilidad de
sus derechos.
El instrumento internacional, de 29 artículos, contiene definiciones, ámbito de aplicación, legislación aplicable, reglas especiales para trabajadores transferidos; para servidores del Estado y de los servicios consular y diplomático; clases de pensiones; calificación de los riesgos; trámite de reclamos; asistencia; protección de la información; exenciones de impuestos, contingencias; y, disposiciones finales.
Eduardo Zambrano, vocal de la Comisión, señaló la importancia del documento, en virtud de que beneficiará a los afiliados o asegurados de ambos países, así como a los miembros de la familia que tengan derecho a las prestaciones de conformidad con la legislación de cada país.
La conveniencia de la aprobación y ratificación de este instrumento internacional se sustenta en los derechos de los ecuatorianos que viven en Venezuela y que han aportado previamente durante varios años en nuestro país, aportes que serán reconocidos por el sistema de seguridad social en ambos Estados, lo cual permitirá una jubilación digna. En Venezuela están afiliados al Seguro Social aproximadamente 125 mil ecuatorianos que serían beneficiados de este convenio.
Además, las disposiciones de este convenio son compatibles con la Constitución de la República del Ecuador, agregó.
El convenio internacional constituye un reconocimiento y avance en materia de Derechos Humanos fundamentales, fomentando la integración en concordancia con lo que mandan los principios constitucionales que proclaman el derecho irrenunciable de todas las personas a la seguridad social; la ciudadanía universal; la libre movilidad de todos los habitantes del planeta; el progresivo fin de la condición de extranjero; en particular el derecho de las personas migrantes./ Sala de prensa de la Asamblea.
El instrumento internacional, de 29 artículos, contiene definiciones, ámbito de aplicación, legislación aplicable, reglas especiales para trabajadores transferidos; para servidores del Estado y de los servicios consular y diplomático; clases de pensiones; calificación de los riesgos; trámite de reclamos; asistencia; protección de la información; exenciones de impuestos, contingencias; y, disposiciones finales.
Eduardo Zambrano, vocal de la Comisión, señaló la importancia del documento, en virtud de que beneficiará a los afiliados o asegurados de ambos países, así como a los miembros de la familia que tengan derecho a las prestaciones de conformidad con la legislación de cada país.
La conveniencia de la aprobación y ratificación de este instrumento internacional se sustenta en los derechos de los ecuatorianos que viven en Venezuela y que han aportado previamente durante varios años en nuestro país, aportes que serán reconocidos por el sistema de seguridad social en ambos Estados, lo cual permitirá una jubilación digna. En Venezuela están afiliados al Seguro Social aproximadamente 125 mil ecuatorianos que serían beneficiados de este convenio.
Además, las disposiciones de este convenio son compatibles con la Constitución de la República del Ecuador, agregó.
El convenio internacional constituye un reconocimiento y avance en materia de Derechos Humanos fundamentales, fomentando la integración en concordancia con lo que mandan los principios constitucionales que proclaman el derecho irrenunciable de todas las personas a la seguridad social; la ciudadanía universal; la libre movilidad de todos los habitantes del planeta; el progresivo fin de la condición de extranjero; en particular el derecho de las personas migrantes./ Sala de prensa de la Asamblea.
4. Se emite, el 28 de Junio de 2011, el Decreto 804 firmado por Señor Presidente Rafael Correa
Ratifícase en todos sus artículos el Convenio de Seguridad Social entre el Gobierno de la
República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela
Decreta:
Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos el Convenio de Seguridad Social
entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Bolivariana
de Venezuela, suscrito el 6 de julio del 2010.
Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Registro Oficial y de su ejecución encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e
Integración.
5. Ecuador publica, el 12-VII-2011, la aprobación en el Registro Oficial bajo el Nº 489
Área Laboral y de Seguridad Social
(R.O. No. 489; 12-VII-2011)
Decreto No. 804 de la Función Ejecutiva. Se ratifica en todos sus artículos el Convenio de
Seguridad Social entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela.
Visualizar extracto
6. Personal del departamento de Convenios Internacionales del IESS, en la ciudad de Quito
el 11 de Abril de 2012, me informó entre otras cosas la no aplicabilidad del Convenio, por
disposiciones del Banco Central de Venezuela debido al Control de Cambio de Divisas y
por no existir un Acuerdo Administrativo para la Aplicación del Convenio.
7. El Señor Rocha Secretario del Instituto Ecuatoriano de Seguros Sociales (IESS), el 11 de Abril
de 2012, en la puerta de su despacho, me manifestó que no se podía aplicar el Convenio,
porque faltaba la aprobación del Acuerdo Administrativo para la Aplicación y que
mientras tanto el lapso de duración que es de cinco años, no estaba corriendo. Que reclamara
a mi Presidente (se refería a Hugo Chávez, pues tuvo el tino de tratarme como natural de
Venezuela).
8. La Dirección Provincial del IESS-LOJA con Oficio Nº 13111100-594 ACP de fecha
24 de abril del 2012, me comunicó que no existe Acuerdo sobre Seguridad Social entre
Ecuador y Venezuela.
9. Preparación de documentación y consultas con miras a recurrir a las Instancias Judiciales.
Conclusión:
Los ciudadanos que residieron en Venezuela y regresaron a Ecuador, o los que residieron en Ecuador y ahora viven en Venezuela no pueden homologar sus aportes ante la contraparte aseguradora, a través del Convenio Bilateral, principalmente por apreciaciones de carácter subjetivo, desconocimiento ó ignorancia, pese a existir un decreto con rango de Ley.
El Convenio de Seguridad firmado entre Ecuador y Venezuela, que consta de 27 articulos es bastante amplio.
Observaciones:
El artículo 3º/Numeral 3 nos excluye del Convenio de Seguridad de la Organización Iberoamericana (OISS).
El artículo 27º/Numeral 1, manifiesta que el Convenio entrará en vigor a partir de la última comunicación a través de la cual las Partes se notifique el cumplimiento de sus respectivos requisitos constitucionales y legales internos y establece una vigencia de cinco (5) años prorrogables que ya están corriendo.
El artículo 22º/literal a, exige el deber de establecer los Acuerdos Administrativos necesarios, para la aplicación del presente Convenio. En niguna parte del Convenio manifiesta que su ausencia implique no aplicabilidad.
Cosas curiosas
El artículo 29º manifiesta: Que las Partes Contratantes, a los efectos de la aplicación del presente Convenio se comprometen a elaborar y aprobar un Acuerdo Administrativo, pero el artículo 22º/literal a, manifiesta en caso necesario.
Mi Constitución, la suya, la nuestra
Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:
1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.
Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:
1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento.
3. Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.
Para el ejercicio de los derechos y las garantías constitucionales no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la ley.
Los derechos serán plenamente justiciables. No podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento.
Recomendación:
Exigir a las Autoridades Judiciales Competentes la aplicación inmediata de este Convenio y en caso de no lograrlo por las instancias judiciales poner en conocimiento de nuestro Presidente Rafael Correa la no cristalización de este Convenio que beneficiará a miles de ecuatorianos y venezolanos.3. Unidad ante todo
Han pasado más de vientiún meses desde la firma del Convenio en el marco del VIII Encuentro Presidencial y aún no podemos acogernos a él, por apreciaciones subjetivas, desconocimiento y/o ignorancia de funcionarios. Nos queda unirnos para hacer los reclamos con la fortaleza que da la unión.
4. Específicamente qué hacer y cómo?
Por ahora solicitar a los entes judiciales, garantías e inmediata aplicación de este Convenio. Por tanto requiero deje un comentario al final de la página con los datos siguientes: Nombres, Apellidos, Nº Cédula, Identidad Ecuatorina y Nº Cédula de Identidad Venezolana (Adulto o niño) a los efectos de sumarse a la solicitud.
5. Por qué yo?
1. A estas alturas de mi vida persiste la obligación de ayudar, mientras pueda, a mis semejantes en
aspectos de Seguridad Social.
2. Dispongo de copias de documentos de importancia, recopilados en mi largo trajinar por ante
oficinas regionales y centrales de Seguros Sociales ecuatorianos y venezolanos.
3. Agoté mi capacidad de asombro y espera ante solicitudes de información a asambleístas,
organizaciones de migrantes oficiales y privadas, en modalidad personal y electrónica.
4. Mi experiencia en las luchas dadas en la Compañía Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV)
y por la reivindicación de derechos de los profesores universitarios de Venezuela.
5. Tengo la capacidad y el deseo necesarios.
6. Hilando fino y poco a poco?
Ahora se trata de realizar gestiones ante las instancias respectivas para ir subiendo la pirámide, si es necesario, hasta conseguir el objetivo. A continuación detallaré cronológicamnet los ultimos acontecimientos:
1. 09 Abril 2012
Solicitud de información al IESS sobre existencia de acuerdos
2. 17 Abril 2012
El señor Ramiro González Jaramillo oficia al señor Fernando Guijarro a fin de resolver inconvenientes en el Acuerdo Administrativo, por solicitud del
señor Arocha Secretario del IESS. El segundo oficio que envía el señor Rocha
lo genera el 13 de Abril de 2012, un día después que me entrevisté con él
en Quito.
3. 24 abril 2012
Respuesta dada por el IESS, en la cual informa que no conoce de la existencia de
3. 17 mayo 2012
Carta enviada a la Dirección Provincial de Loja del IESS, por no estar de acuerdocon la respuesta anterior.
Carta enviada a la Defensoría del Pueblo solicitando las diligencias pertinentes
en busca de reivindicar nuestros derechos
y termina con
5. 17 mayo 2012
La Defensoría del Pueblo le asigna a mi trámite el Nº: Q11010000459, a efectos de
seguimiento
El siguiente resultado se obtiene en la en la página de la Defensoría y que puede consultar
cuando desee.
.
6. 31 mayo 2012
El Dr. Punín del IESS-Loja me manifestó que la respuesta a mi carta había sido enviada por
e_mail. Como no la recibí a su vez le envié un mail con la carta en digital y además links
donde se trata de una próxima cumbre presidencial Ecuador- Venezuela que entre otros
puntos tratará el de "reforzar" los convenios celebrados.
También incluyo la confirmación de recepción y respuesta
El
01/06/2012 8:58, Bolívar Loján Fierro escribió:
Buen día doctor Punín
1.- En función de lo conversado esta mañana y de
facilitar la obtención de información le reenvío
la carta entregada el 17 de
mayo de 2012 que contiene los links pertinentes a los
puntos tratados.
puntos tratados.
2.- Los cancilleres de Ecuador y Venezuela, ya están
preparando el marco de la próxima
cumbre presidencial Ecuador-Venezuela en la que se tratarán y reforzarán temas de
interés común y entre ellos el de Seguridad Social, tal como puede observarlo en
cumbre presidencial Ecuador-Venezuela en la que se tratarán y reforzarán temas de
interés común y entre ellos el de Seguridad Social, tal como puede observarlo en
Por la atención le doy mis gracias.
Bolívar Loján Fierro
--
This message has been scanned for viruses and
dangerous content by MailScanner, and is
believed to be clean.
--
This message has been scanned for viruses and
dangerous content by MailScanner, and is
believed to be clean.
Gracias ingeniero. Estaremos en contacto.
7. 05 junio 2012El abogado de la Defensoría del Pueblo se apersonó en la Dirección Provincial del IESS
en la ciudad de Loja a objeto de solicitar información a la negativa de aceptar el
Convenio Bilateral.
8. 08 junio 2012
El IESS-dirección de Loja me envió la respuesta siguiente HACIENDO HINCAPIÉ EN EL
CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL, QUE
PARA ESTE CASO NO APLICA.
Sobre esta respuesta vale la pena acotar:
1. La página oficial de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social informa que catorce países
(más no veintidos) tienen convenio con Ecuador
2. La misma página informa que Brasil también tiene aplicación efectiva del Convenio.
3. Para el caso específico de Venezuela, el Convenio Bilateral firmado por los Presidentes Chávez y
Correa, excluye otros convenios firmados por los dos países entre ellos el de La Organización
Iberoamericana, tal como muestra el artículo 3 numeral 3.
4. El Acuerdo Administrativo, que alude el señor Punín en su
correspondencia fue presentado en Venezuela en julio
del 2010
CONCLUSIÓN:
Mi reclamo no tiene nada que ver con la Organización Iberoamericana de Seguridad
Social, argumento que usa el IESS en cada correspondencia que me envía. El tema
de la OISS, más bien aparece como un elemento distractor. El reclamo que me
ocupa se refiere al Convenio Bilateral firmado entre Ecuador y la República
Bolivariana de Venezuela en los Registros oficiales de ambos países y en Ecuador
además promulgado como decreto (804) por el Presidente Rafael Correa.
El acuerdo administrativo que fue presentado en julio del 2010, aún
espera por solventar algunos inconvenientes según el IESS, como puede
ver en el punto 1.
9. 08 junio 2012
El IESS-dirección de Loja responde al Defensor del Pueblo.
Nota: Mi reclamo está basado en una Ley, y no basta una explicación de procesos administrativos,
para eludir el compromiso de los presidentes Correa y Chávez.
10. 12 julio 2012
Treinta y cuatro días después de tener la respuesta del IESS, la Defensoría del Pueblo, me la
entrega oficialmente. Inmediatamente le hice llegar la siguiente comunicación
.
Muy bien...a luchar, me anoto
ResponderEliminarFátima Alves Naranjo; 1105652497; 81608489
Nunca antes me había autoenviado un comentario:
ResponderEliminarQue todo sea por la seguridad social
Bolívar Loján Fierro;1100293453; 8265328
No perdamos la esperanza de que se pueda dar este convenio, que beneficiaria a Ecuatorianos y Venezolanos. yo también me anoto, apoyemos esta iniciativa.
ResponderEliminarCarlos Ochoa 1101351748; Rosa Alves 016610224;
Hijo de gato también se anota
ResponderEliminarCarlos Loján Alves, 1105330722;28462160,niño (10 años)
Me anoto, pa´lante
ResponderEliminarCarlos Guillermo, Loján Fierro
Cédula venezolana: 1101304127
Cédula ecuatoriana: 81200484
Ahora me vuelvo a anotar con todo.
ResponderEliminarCarlos Enrique, Ochoa Navarro 1101351748; 15148599
Karlo Israel, Ochoa Alves 1105715419; 21387569
Meibel Pierina de los A, Ochoa Alves 1105715427, 20635367
Rosa Elena, Alves Lopez 8269180
Santiago David, Ochoa Alves 1105748659, 27003200 (niño)12 años
Genesis Andrea, Ochoa Alves 1105748667 (niña)9 años
Muy bien, apoyemosnos por nuestra Seguridad Social.
ResponderEliminarBonny Ossiri Macadán Roldán
Cédula Venezolana: 12623664
Cédula Ecuatoriana: 1723836076
Me uno a esta espera de la aprobación para que lo más pronto posible se de el ejecutece a este Convenio de Seguridad Social entre nuestros dos paises hermanos y bolivarianos y que tanto ecuatorianos como venezolanos podamos obtener nuestra tan anhelada jubilición digna y humana, que nuestro Padre Celestial ilumine y bendiga las gestines de ambos paises para el beneficio de tantos hogares y personas que esperamos se resuelva esta situación lo más pronto posible.
ResponderEliminarCédula Ecuatoriana Nro. 1704226677
Cédula Venezolana Nro. 81233109
Hola Bolivar.
ResponderEliminarUna vez más me impresiona tu vocación de servicio, no obstante el estado de tu salud, y apesar de que el tema no me implica directamente si toca la fibras mas sensibles de la inmigración, de la que soy parte (Peruano, con residencia en España y grandes deseos de vivir en esa hermosa tierra Lojana);pero en este caso tocas también aspectos relacionados con el preceso social que viven los pueblos de America Latina y en el que los Lideres y políticos no estan a la altura de las circunstancias:
Primera Cuestión. Se constata que los pueblos de la Patria Grande reiniciaron su proceso integrador cuando, alla por los años 50, el tutelaje del norte los "desatendio", preocupado por la Europa del Plan Marshall.
Segunda Cuestion. La America de Bolivar, Marti, San Martín, O'Higgins etc,que fue traicionada por la republica postiza de los hijos de los encomenderos, hoy nuevamente,ante la "desatención" del coloso norteño -ocupado en el Medio Oriente, Asia y Europa- sueña con los ideales integracionistas de los libertadores, pero son un lastre tremendo para su concreción: La costra parasitaria de la Burocracia estatal, la indiferencia y holgazanerìa de gran parte de sus políticos y la paralisis de nosotros que seguimos esperando que otros nos resuelvan los problemas.
Tercera Cuestión. Se contata que no son suficientes las declaraciones liricas y los grandes convenios, si no están acompañadas de los mecanismos que las hagan viables.
Siendo asi me solidarizo plenamente con ese espiritu que nueve sus voluntades y que desde la aperente "simplicidad, o particularidad de sus objetivos", nos enrostra nuestras miserias y limitaciones para encarar problemas que al fin y al cabo tienen que ver con ese sector invisibilizado de la inmigración, que tan silenciosamente aporta a la economìa nacional.
Se que el animo que los mueve esta alejado de todo interes mesquino, de todo protagonismo y eso lo hace noble. Se que el camino es titanico :"Mover a la más lerda y retardataria de las estructuras del Estado: La Burocracia" y que el tema amerita una demanda Juridica, como una de las tantas acciones para arrear a la Tortuga (no solo por lo lerda, si no por su "concha") y confio que Tu serás capaz de mover, como ya lo vienes haciendo, muchas conciencias.
Vamos todos a caminar, que el sol esta rayando. Estoy plenamente contigo
Carlos.
Carlos:
EliminarGracias...por tus letras.
Debo confesarte que el camino es duro. En ese camino donde encuentro muchos "malinches" que cuando viene un indio de la sierra lo ignoran y si está viejo más aún. Tú debes tener idea de cuantos "no se puede" he recibido de estos "malinches" que son nuestra propia sangre. Para cada petición de ingresar en el sistema de homologación de aportes te enchufan la negativa de siempre. Ni siquiera he tenido chance de probar la burocracia en el supuesto que acepten mi solicitud de homologación, porque de la ventanilla aún no he pasado. Entonces hay que recordar "Así se templó el acero" para fortalecerse. Imagina Carlos, lo que está en nuestra Carta Magna no se respeta, como será para derechos que no están explícitamente contemplados en Leyes. Y de verdad me duele ver coterráneos que dan la espalda llenos de tristeza cuando reciben un no. Pero me queda valor para pararme en la acera de enfrente para luchar por los derechos.
La gran experiencia de esto es que debo hacer mis peticiones sin gritos, por escrito, con respeto, totalmente documentadas, quemando las instancias que de por sí son lentas hasta llegar al "gran hermano Rafael" si fuese necesario. Espero que en el camino la carga se arregle. En este momento estoy esperando la respuesta del Seguro Social Obligatorio, pues le envié una carta solicitando me informe en qué artículos de la Carta Magna se sustentó para la negativa y por otro flanco la Defensoría del Pueblo tiene el balón en sus manos. He aprendido hermano, he aprendido y me gustaría que haya una sola felicidad y no las que denunciaba Arguedas, las de arriba y las de abajo.
Pilón..dale duro a ese pilón.
Buen camino
Bolívar
Y donde esta el seudo diputado por los migrantes?, elegido aquí en caracas Sr Eduardo Zambranoy que ahora solo vela por sus propios intereses
ResponderEliminarEl señor Zambrano nunca se pronunció. El Convenio ya está operativo y puede homologar sus aportes venezolano en cualquier oficina de IESS (Ecuador) o civersa en el IVSS. Ver otro blog http://estabienperoestamal.blogspot.com/p/pagina-01-de-prueba.html que ya éste se llenó.
EliminarGracias y buen camino
yo me anoto gracias Bolivar POR LUCHAR LA SEGURIDAD SOCIAL mi nombre es Cesar Jaramillo vivo en Venezuela CIV.21471863 CEDULA ECUATORIANA 095455963-9...este año es mi jubilacion volvere ami tierra gracias..
ResponderEliminarBuen día César, recuerda ver el blog http://estabienperoestamal.blogspot.com/p/pagina-01-de-prueba.html donde tengo información más actualizada. No olvides chequear todas tus aportes en el IVSS. Cualquier información adicional en Caracas IVSS, San Bernardino frente a Crema Paraíso y en Quito o Guayaquil en el Consulado Venezolano, son los mejores aliados.
ResponderEliminarhola amigo lograste homologar tus aportes ya han pasados varios años espero que si saludos
ResponderEliminarAbsolutamente nada. Tan grave es la situación que con base al mercado negro recibiría unos tres dólares.
EliminarFuimos usados por estas revoluciones.
Ya pasaron unos meses.con la migración que existe hoy en día.a recibido alguna noticia positiva
ResponderEliminarTodas negativas. La realidad de nuestro País.
EliminarLa seguridad social en los paises latinos siempre ah sido un poco retardada por tal motivo debemos sacar al dia todos nuestros documentos para cumplir con la burocracia
ResponderEliminar